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La Coctelera

TOPICOS GERENCIALES MODERNOS

gerencia en acción, conocimientos administrativos modernos.

8 Julio 2009

NORMATIVAS JURIDICAS E INSTUMENTOS ANTIDUMPING EN VENEZUELA

 Carlos A.  Mora Vanegas.

Hay que saber sacrificar la barba para salvar la cabeza

Las empresas a través de su gerencia encargada de resguardar la operatividad, comportamiento de la empresa bajo su cargo, debe estar muy atenta sobre todo lo concerniente a dumping y evitar problemas que se puede originar de éste al  no reguardar sus normas jurídicas.

Tómese en cuenta, que la normativa antidumping definitivamente es necesaria para regular la legalidad y proteger los procesos de intercambio comercial dentro de esta era de globalización.

 Es válido cuando se señala, que las empresas venezolanas y extranjeras deberían tomar más conciencia de lo poco efectiva y conveniente que resulta la práctica del dumping, no solo porque genera penalidades, multas, demandas, etc, sino porque además puede cerrar las puertas de negociación y apertura comercial en el ámbito mundial como consecuencia de la violación y conflictividad con uno o varios Estados.

Al estudiar y analizar el tema , algunos participantes manifiestan que no hay duda, que existen esfuerzos por parte del Estado y del sector empresarial que pueden hacer mucho en pro de una efectiva política comercial y productiva. Bastaría, por ejemplo, dedicar tiempo y esfuerzo a remover una serie de trabas y obstáculos que hacen innecesariamente costosos algunos procesos administrativos ante el Estado; garantizar una mayor protección a los derechos de propiedad privada, llámese intelectual o de bienes físicos, modernizar las aduanas, abatir el contrabando y evitar la competencia desleal, y en general, disminuir muchos trámites y procedimientos que perturban y encarecen la actividad comercial y productiva. La mejora de estas condiciones constituiría un estímulo importante a la actividad productiva y estaría  muy en sintonía con las transformaciones en el escenario económico internacional

Considérese, que lo fundamental para tener altas probabilidades de éxito en la presentación de casos de esta naturaleza, es contar con información estadística y pruebas contundentes que avalen la posición de la o las empresas afectadas, así como la presentación de la argumentación técnica y el seguimiento permanente del proceso hasta el pronunciamiento de las autoridades.

 Se nos recuerda, que   e n Venezuela existen varios instrumentos jurídicos relacionados con la materia de dumping y subsidios. En primer lugar, en el año 1992 (Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.441 de fecha 18 de junio de 1992) entró en vigencia la primera ley sobre dumping y subsidios en Venezuela, llamada Ley Sobre Prácticas Desleales del Comercio Internacional. Dicha ley fue promulgada con el objeto de regular las políticas, lineamientos y medidas destinadas a prevenir e impedir los efectos perjudiciales que sobre la producción nacional podrían causar importaciones de bienes hechas en condiciones de dumping o subsidios, en todos aquellos casos que no sean aplicables las disposiciones del Acuerdo de Cartagena en la materia. La Ley Sobre Prácticas Desleales del Comercio Internacional contiene las disposiciones básicas sobre la determinación del dumping, los subsidios y el daño a la producción nacional. Asimismo, la Ley contiene el régimen general de los procedimientos, las autoridades competentes y los derechos antidumping y compensatorios. En segundo lugar, en el año 1993 (Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.567 Extraordinario de fecha 26 de abril de 1993) entró en vigencia el Reglamento de la Ley Sobre Prácticas Desleales del Comercio Internacional. El Reglamento contiene disposiciones para la determinación de los bienes similares, del valor normal, del precio de exportación, de los ajustes derivados de la comparación de precios, de los subsidios y del perjuicio. Asimismo, establece normas más detalladas en cuanto al inicio, sustanciación y culminación de la investigación y complementa las disposiciones de la Ley relativas a los compromisos y los derechos antidumping y compensatorios.

No hay que olvidar, que  desde el año 1995 también forman parte de la legislación antidumping y sobre subsidios venezolana, los Acuerdos Antidumping y sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias que forman parte del Acuerdo de Marrakech a través del cual se estableció la Organización Mundial del Comercio (Los Acuerdos Internacionales y la Legislación Antidumping y sobre Subsidios Venezolana).

Finalmente, cada país tendrá que esmerarse por mejorar su competitividad y el gobierno por proteger sus empresas de los procesos de depredación industrial exaltados por el libre mercado.

Las sanciones por competencia comercial desleal son un pesado costo no sólo para las empresas y países acusados, sino también para los consumidores de las naciones que aplican estas medidas, indica el informe Antidumping en la América

 

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Ingeniero, con postgrados en administración, mercados y recursos humanos. Consultor-asesor empresarial; Docente de postgrado. Interesado en todo lo concerniente a los conocimientos y herramientas administratiovas moderno.

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